Al igual que otros tipos de empresas, las PYMEs también requieren de una serie de trámites definidos tanto por obligaciones contables como fiscales, siendo necesario su cumplición para la realización de cualquier actividad económica.
Por un lado, nos encontramos con las obligaciones fiscales de las PYMEs, donde para el correcto desarrollo de su actividad dentro de los parámetros preestablecidos de la ley, las pymes deben cumplir con: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF); Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE); Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA); Facturación; Retención e ingresos a cuenta indicados por ley; Comunicaciones y notificaciones; Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y Comunicación de datos al pagador. Así pues, las empresas deben llevar a cabo y cumplir todas sus obligaciones fiscales en los tiempos establecidos para evitar posibles sanciones económicas.
Por otro lado, nos encontramos con las obligaciones contables, donde la ley exige:
- Realización de registro de los Libros contables.
- Cierre de ejercicios.
- Obligaciones registrales.
- Depósito de cuentas anuales en el registro mercantil.
- Legalización del libro de actas para sociedades mercantiles.
Las empresas deben realizar y completar todos los trámites en su totalidad, sin excepción, y no limitarse únicamente a llevar una buena contabilidad.
Finalmente, además de las obligaciones fiscales y contables, las empresas se encuentran obligadas a cumplir con la ley de protección de datos, siendo necesario comunicar a los clientes de la existencia de un fichero con su información relativa. El incumplimiento del mismo, puede ser sancionado por ley, siendo necesario tener presente las siguientes normas:
- Será necesario tener el consentimiento de los clientes para obtener su información privada y que estos sean estrictamente necesarios para la actividad de la empresa.
- Notificar a la Agencia Española de Protección de Datos sobre la existencia de los ficheros.
- Y responder con claridad sobre los datos que se tienen, en caso de pedirlas las personas involucradas.
Para garantizar la protección de los datos, la ley informa de tres distintos niveles de seguridad, en función de los datos almacenados:
- Primer nivel, carácter personal tales como información bancaria, domicilio o DNI.
- Segundo nivel, solvencia financiera, hábitos, costumbres y delitos.
- Tercer nivel, datos relativos a la salud, ideas políticas u orientación sexual, estando todas las medidas encaminadas a la protección de las personas, donde da igual el tamaño de la empresa, todas deberán responder ante la ley
La cumplimentación de todos los modelos y procedimientos necesarios para las obligaciones fiscales y contables, así como la cumplicion del reglamento de la ley de protección de datos puede resultar difícil y tediosa para las empresas, siendo la mejor decisión asesorarse y solicitar el servicio de profesionales para evitarse problemas.