A la hora de constituirse las empresas, estas cuentan con varias obligaciones legales. Por lo que el primer paso a realizar es tener constancia de las mismas para cumplirlas y para hacer uso de los medios disponibles de la empresa para cumplimentarse y así evitar las sanciones que puedan afectar a la liquidez del negocio.
Dado que la sociedad limitada o S.L es la forma más habitual en las empresas, nos centraremos en aquellas obligaciones legales de este tipo de estructura en específico. Así pues, las obligaciones legales de aquellas empresas de sociedad limitada, se pueden clasificar en diversos tipos.
En primer lugar, nos encontramos con las obligaciones fiscales, entre las cuales nos encontramos: Alta en la Agencia tributaria mediante el modelo 036, Alta en el IAE; Declaración de IVA trimestralmente y anualmente con los modelos 303 y 390 respectivamente; Declaración del Impuesto sobre Sociedades; Retenciones en concepto de IRPF y finalmente la Declaración de operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros, mediante el modelo 347.
En segundo lugar, nos encontramos con las obligaciones laborales. Siendo responsabilidad de la empresa, la alta y baja de los trabajadores de la empresa en la seguridad social, así como el pago de los seguros sociales de los mismos. En diversos casos también será necesario el alta de los socios y administradores de la empresa en la seguridad social. Por otro lado, las empresas también deben reservar el 2% de los puestos de su plantilla para trabajadores con discapacidad en aquellas empresas con 50 o más trabajadores.
A continuación, nos encontramos con las obligaciones contables. Donde es necesario que las empresas realicen su contabilidad de una manera ordenada y precisa, siendo necesario llevar a cabo diversos libros contables. Por un lado es necesario llevar a cabo el libro inventario y las cuentas anuales. Donde se incluyen la cuenta de pérdidas y ganancias, balance estado de flujos de efectivo y memoria, así como el estado de cambios en el patrimonio neto. Por otro lado, es necesario llevar a cabo el libro diario. Recogiendo el día a día de los hechos económicos de la empresa. Ambos libros deben presentarse dentro de los cuatro meses desde la fecha de cierre del ejercicio social.
Finalmente nos encontramos con las obligaciones mercantiles. Donde además de los libros contables previamente mencionados, nos encontramos con la obligación de las empresas para llevar a cabo los libros mercantiles. Por un lado, nos encontramos con el libro de actas. Apareciendo en él todos los acuerdos tomados tanto en la junta general como en los demás órganos colegiados de la sociedad. Por otro lado, nos encontramos con el libro de socios. En el cual se incluyen todos los datos pertinentes de los socios propietarios de las participaciones de la sociedad. Finalmente nos encontramos con el libro de contratos. Donde en las sociedades limitadas unipersonales es necesario llevar un registro de los acuerdos con el socio único.
Aunque siempre será necesario cumplir con las obligaciones legales, no siempre será necesario realizarlo tu mismo. Delega y céntrate en temas mas importantes de tu negocio.